Guía
Gastos deducibles del autónomo en estimación directa
Lo que dice el manual de la Agencia Tributaria, sin trucos: los tres requisitos que tiene que cumplir un gasto y los dos casos que más dudas dan.
Revisada el 2 de octubre de 2026
¿Qué gastos puede deducir un autónomo?
Los que cumplen tres requisitos, según el manual de la Agencia Tributaria: que estén vinculados a la actividad, que estén justificados, sobre todo con factura, y que estén apuntados en la contabilidad o en los libros registro. Un gasto que falla en uno de los tres no se puede deducir, aunque lo hayas pagado tú.
Los tres requisitos
- Vinculado a la actividad. «Que estén vinculados a la actividad económica desarrollada»: propios de lo que haces y relacionados con tus ingresos.
- Justificado. «De forma prioritaria, mediante la factura» que te da quien te vende o te presta el servicio.
- Registrado. Apuntado «en la contabilidad o en los libros-registro» que tienes que llevar.
¿Puedo deducir la luz o internet si trabajo en casa?
En parte. Si usas una parte de tu vivienda habitual para la actividad, el agua, el gas, la luz, el teléfono e internet se deducen aplicando el 30 % a la proporción de metros que usas para trabajar. Con 40 metros de 100, el ejemplo de la Agencia Tributaria, se deduce el 12 % de esos gastos.
El móvil se deduce si la línea se usa solo para la actividad.
Las comidas de trabajo
Se pueden deducir tus gastos de manutención cuando son tuyos, en el desarrollo de la actividad, en restaurantes u hostelería y pagados con tarjeta u otro medio electrónico, con unos límites por día. Para 2025, en España, 26,67 € sin pernoctar y 53,34 € pernoctando en otro municipio.
Cada caso tiene matices. Si dudas con un gasto, mejor preguntarlo antes de apuntarlo: llámanos al 976 405 359 o mira la asesoría fiscal. Apuntar cada gasto en los libros registro es parte de la asesoría contable.
Fuentes (se abren en otra pestaña): Agencia Tributaria, Manual práctico de Renta 2025 (actualizado el 17 de marzo de 2026): requisitos del gasto deducible, suministros y gastos del titular. Consultadas el 2 de octubre de 2026.
¿Dudas con un gasto? Pregúntanos antes de apuntarlo
Cuéntanos qué gasto es y para qué lo usas en tu actividad.
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